- Tipo de contrato: Título de monopolio de fabricación y comercialización
- Duración: 20 años a partir de la fecha de solicitud
- Territorio de validez: El territorio del Estado que concede la patente
- Contenido legal: La tecnología reivindicada como propia en el documento de patente concedida
- Autoridad para examen/concesión: La Oficina de Patentes y Marcas del Estado
¿QUE SE PUEDE PATENTAR?
- las obras literarias, artísticas y científicas,
- las interpretaciones y ejecuciones de los artistas,
- los fonogramas,
- las emisiones de radiodifusión,
- las invenciones en todos los campos de la actividad humana,
- los descubrimientos científicos,
- los dibujos y modelos industriales,
- las marcas de fábrica, de comercio y de servicio,
- los nombres y denominaciones comerciales, y
- la protección de la competencia desleal.
¿QUÉ ES LA PROPIEDAD INTELECTUAL?
La propiedad intelectual es la forma bajo la cual el Estado protege el resultado del
esfuerzo creador del hombre y algunas de las actividades que tienen por objeto la divulgación de
esas creaciones. El artículo 2 del Convenio por el que se crea la Organización Mundial de la
Propiedad Intelectual (OMPI), al definirla, señala que la propiedad intelectual se refiere a los
derechos relativos a las creaciones y actividades enumeradas en dicho artículo y todos los demás
derechos relativos a la actividad intelectual en los terrenos industrial, científico, literario y artístico.
¿QUÉ DERECHOS SE OBTIENEN CON UNA PATENTE?
Una patente confiere a su titular, el derecho a prohibir o impedir a terceros no autorizados
realizar determinados actos de explotación industrial o comercial de la invención o modelo de
utilidad patentado. Una patente no otorga a su titular el derecho de explotar la creación patentada,
puesto que el inventor puede fabricarla y venderla sin necesidad de un reconocimiento previo por
parte del Estado.
Particularmente, el titular de una patente se encuentra facultado para actuar contra cualquier
persona que sin su consentimiento o expresa autorización.
¿CÓMO SE SOLICITA LA PATENTE?
La solicitud de patente debe hacerse por escrito cumpliendo ciertos requisitos establecidos
en la ley. Para tal efecto, las Oficinas de Registro proveen a los interesados formularios
especialmente diseñados que facilitan la presentación de la información requerida.
Entre otros requisitos, en la solicitud deben consignarse los datos generales del solicitante
y el nombre del inventor, cuando no fuese la misma persona que solicita la protección.
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